Nuevo modelo impuesto complementario de Hacienda.

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El Impuesto Complementario.

En el Boletín Oficial del Estado (BOE) del 29 de octubre de 2025, se ha publicado la Orden HAC/1198/2025, que aprueba tres nuevos modelos relativos al impuesto complementario:

  • Modelo 240: Comunicación de la entidad constitutiva declarante de la declaración informativa del Impuesto Complementario.
  • Modelo 241: Declaración informativa del Impuesto Complementario.
  • Modelo 242: Autoliquidación del Impuesto Complementario.

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La vigencia.

La Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE y será aplicable, por primera vez, a los tres modelos para períodos impositivos iniciados a partir del 31 de diciembre de 2023.

Impuesto Complementario del IS para garantizar un nivel mínimo global de imposición del 15% para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud.

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Los plazos de presentación por modelos.

Los plazos de presentación para estas declaraciones son los siguientes:

  • Plazo del modelo 240: debe presentarse dentro de los dos meses anteriores al 30 de junio de 2026.
  • Plazo del 241: para periodos que finalicen antes del 31 de marzo de 2025, su presentación también debe hacerse dentro de los dos meses anteriores al 30 de junio de 2026, sin importar el periodo impositivo de transición.
  • Plazo del modelo 242: la autoliquidación no puede presentarse antes del 30 de junio de 2026 y el plazo de presentación son los 25 días naturales posteriores a esa fecha.

Esta normativa supone un cambio relevante para las entidades obligadas a cumplir con la declaración del impuesto complementario, ya que establece los modelos oficiales y los plazos para su presentación. Es importante tener en cuenta estas fechas para evitar posibles sanciones por presentación fuera de plazo y asegurarse de que los datos declarados están correctamente comunicados a la Administración.

Si necesitas ayuda con la cumplimentación de alguno de estos modelos o con la planificación fiscal en relación al impuesto complementario, no dudes en contactarnos.

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Normativa vigente.

Referencia BOE260

Fuente: Agencia Tributaria

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Actual251110

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