Las empresas tendrán que adaptarse al nuevo registro de jornada laboral digital.

El proyecto de ley prevé seis meses para implementarlo tras su aprobación

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Proyecto de ley para el nuevo registro de la jornada laboral digital.

En este 2024, el Ministerio de Trabajo ha propuesto una Ley que reduce la jornada laboral a 38,5 horas semanales. Este cambio afectaría directamente en el ámbito laboral, tanto a la gestión de horas y turnos como a la productividad de la empresa.

Esta medida será implementada de manera gradual, permitiendo a las empresas y los trabajadores adaptarse a la nueva normativa.

El proyecto de ley propuesto por Trabajo tiene como objetivo reducir la jornada laboral máxima y establecer un registro horario digital para todas las empresas. Aunque está pendiente de aprobación, señala cómo deberá realizarse el registro horario y qué sanciones pueden tener las empresas que no cumplan con la nueva normativa.

Cómo se debe realizar el registro horario.

El registro horario deberá:

  • Ser digital y accesible para cada trabajador y de forma remota para representantes sindicales y la Inspección de Trabajo.
  • Incluir todo el tiempo de trabajo. Desde el inicio y hasta el fin de la jornada reflejado en el registro será considerado tiempo de trabajo efectivo.
  • El tiempo que exceda la jornada ordinaria será considerado como horas extraordinarias o complementarias.

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Fichar con huella digital: legal o ilegal.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) publicó hace unos meses una guía en la que cuestionó el uso de tecnologías biométricas para el fichaje de la jornada.

Fichar con la huella dactilar o a través del reconocimiento facial ya no será posible.

El Tribunal Supremo había respaldado en el año 2007 el uso de sistemas biométricos para controlar la jornada laboral. Sin embargo, las directrices del Comité Europeo de Protección de Datos (abril 2023) han obligado a la AEPD a rectificar su decisión y a modificar el criterio. Esto es motivado porque el uso de los mencionados sistemas se consideran categorías especiales de datos (suponen el uso y el tratamiento de datos biométricos sensibles) lo que conllevaría la prohibición de su uso.

Por tanto, desde el 23 de noviembre de 2023 las empresas no pueden obligar a sus personas trabajadoras a fichar con huella dactilar o a través del reconocimiento facial. Para poder usar datos biométricos es necesario que exista un consentimiento voluntario y no una obligación como tal. Por eso, las empresas no pueden obligar a sus empleados a ceder su huella dactilar para fichar.

 

Cinco novedades laborales en el nuevo registro.

  1. Fichar con huella dactilar ya no es legal.
  2. Las empresas que no recojan el fichaje de las jornadas a tiempo parcial deberán pagar a sus empleados la jornada completa.
  3. Las personas trabajadoras tienen la obligación de fichar las pausas para fumar o tomar café.
  4. Las empresas deberán abonar las horas extras si no aportan el registro.
  5. Trabajo propone que la Inspección tenga acceso en remoto a los registros de jornada de las empresas.

Parte esencial de la negociación por la reducción de la jornada laboral sigue centrada en crear un sistema de registro de jornada digital que asegure el cumplimiento de esta reducción.

 

Sanciones a las empresas por incumplimiento de la normativa (s/anteproyecto).

Además, se considerará una infracción por cada trabajador afectado en casos de ausencia de registro, omisión de datos o inclusión de datos falsos o inexactos.

Multas de hasta 10.000 euros por cada trabajador con el que se incumplan las normas.

Se ha establecido una escala de sanciones:

  • Grado mínimo: 1.000 a 2.000 euros.
  • Grado medio: 2.001 a 5.000 euros.
  • Grado máximo: 5.001 a 10.000 euros.

Fuente: Ministerio de Trabajo, AEPD laboral y CMin

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