El calendario del contribuyente del mes de enero 2026.
Fechas relevantes 📅 del calendario del contribuyente para enero 2026
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El Calendario del contribuyente: Obligaciones fiscales enero 2026. 
Como cada mes, la Agencia Tributaria nos recuerda las principales obligaciones tributarias a cumplir. En esta ocasión os recordamos las principales obligaciones tributarias del mes de enero 2026.
Este mes de enero, ya en el ámbito de la fiscalidad, corresponde estar pendientes de las novedades que puedan afectar a los contribuyentes, así como de los distintos plazos para el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
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Los Plazos de enero 2026.
Estos son los plazos de presentación correspondientes a este mes.
12► Hasta el 12 de enero 2026.
- INTRASTAT – Estadística Comercio Intracomunitario. Diciembre 2025. Obligados a suministrar información estadística.
20► Hasta el 20 de enero 2026.
- Renta y Sociedades.
- Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las Instituciones de Inversión Colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas y, de rentas de no residentes obtenidas sin establecimiento permanente.
- IVA.
- Comunicación de incorporaciones en el mes de diciembre, régimen especial del grupo de entidades: 039.
- Solicitud de devolución por sujetos pasivos en el régimen simplificado del IVA y que ejerzan la actividad de transporte de viajeros o de mercancías por carretera, por adquirir determinados medios de transporte: 308.
- Impuesto sobre las Primas de Seguros.
- Impuestos Especiales de Fabricación.
- Impuesto Especial sobre la Electricidad.
- Impuestos Medioambientales.
Impuesto Especial sobre el Carbón.
Impuestos sobre las Transacciones Financieras.
30► Hasta el 30 de enero 2026.
- Hasta el 30 de enero.
- Pagos fraccionados Renta.
- IVA.
- Impuestos medioambientales.
31► Hasta el 31 de enero 2026.
- IVA. 369
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Obligatoriedad de presentar autoliquidaciones.
La obligatoriedad de presentar autoliquidaciones periódicas según el impuesto y el obligado tributario podrá ser:
- Anual, para personas físicas, empresarios individuales, profesionales, sociedades y entes sin personalidad jurídica.
- Trimestral, para empresarios individuales en estimación objetiva o directa, profesionales, sociedades y entes sin personalidad jurídica.
- Mensual, para empresarios individuales, profesionales, sociedades y entes sin personalidad jurídica con volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 € en 2022 (grandes empresas) y para sujetos pasivos del IVA, que lleven de forma obligatoria los libros registro a través de la Sede electrónica de la AEAT o presenten el IOSS, así como para las AA.PP., incluida la Seguridad Social.
Además, puedes presentar y consultar desde nuestra web ELYA NOVA Asesores en Pozuelo de Alarcón todas las declaraciones por modelo.
Finalmente, los vencimientos en días inhábiles, sábados y festivos: Si el vencimiento coincide con una festividad local o autonómica, el plazo finaliza el primer día hábil siguiente al señalado en este calendario, excepto para el modelo 369.
Consulta el calendario completo.
Toda la información detallada, incluidos los plazos generales y de domiciliación bancaria, está disponible en la Sede Electrónica de la AEAT.
Como en años anteriores, compartiremos el calendario mes a mes en este blog para ayudarte a cumplir con tus obligaciones fiscales sin complicaciones. ¡Mantente atento a nuestras publicaciones!
Fuente: Agencia Tributaria
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