El Gobierno limita los precios en emergencias para proteger a los consumidores.
La medida busca frenar abusos y reforzar la protección de las personas consumidoras en contextos de alta demanda y vulnerabilidad.
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La medida del nuevo límite de precios.
El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto-ley que introduce un límite extraordinario a los precios de bienes y servicios cuando se declare una situación de emergencia.
Cuando se active la medida, el precio no podrá superar el máximo registrado en los 30 días naturales previos al inicio de la emergencia.
Si ese precio máximo hubiera sido más de un 50% superior al precio medio del mismo periodo, el tope pasará a ser el precio medio de esos 30 días más un 50%.
El precio no podrá ser superior a la tarifa máxima que tuvo este servicio o producto en los 30 días naturales anteriores.
Cuándo se puede aplicar.
La limitación podrá activarse junto a la declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil, pero también en casos de accidente, fuerza mayor o emergencias técnicas. Será el Consejo de Ministros quien determine los productos o servicios afectados, así como la fecha de inicio y fin de la medida.
Transparencia y derechos del consumidor.
El Gobierno podrá exigir a las empresas que informen sobre el precio medio y máximo aplicado en el último mes. Además, los consumidores tendrán derecho a la devolución automática de cualquier cantidad cobrada por encima del límite legal, sin perjuicio de posibles sanciones.
Flexibilidad para no afectar la oferta.
La norma permite subidas de precios solo si están justificadas por un aumento real de costes o si son necesarias para generar nueva oferta que reduzca la escasez, siempre sin incrementar márgenes empresariales.
En productos con marcada estacionalidad, se podrá usar como referencia el precio del mismo periodo del año anterior, actualizado con el IPC.
Refuerzo de la normativa vigente.
Este decreto-ley amplía la reforma aprobada en noviembre de 2024, que ya prohibía subidas abusivas en emergencias, incluyendo servicios con precios dinámicos como VTC o alquiler turístico online.
Fuente: Ministerio de Hacienda
Actualiza260210
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