Medidas urgentes de formación en el trabajo dirigidas a afectados por la DANA.
Resumen de las medidas dirigidas a paliar🌪️ los efectos de la DANA para proteger a las personas trabajadoras, empresas y colectivos vulnerables afectados.
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Medidas urgentes de formación en el trabajo para afectados por la DANA.
Se ha publicado la Resolución de 3 de diciembre de 2024, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se establecen medidas urgentes en materia de formación en el trabajo, ante el impacto causado por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
Esta resolución, establece medidas encaminadas a paliar los efectos del impacto en la ejecución de la formación en el trabajo causados por la DANA en los municipios recogidos en el anexo del Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la (DANA) entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
Las medidas van dirigidas a empresas beneficiarias del crédito de formación, en la formación programada por las empresas, así como las entidades beneficiarias de las subvenciones, en la oferta formativa para personas trabajadoras ocupadas, respecto de aquella formación cuya ejecución se haya visto afectada por los efectos de la DANA.
Serán de aplicación en las iniciativas de formación programada por las empresas, a las acciones formativas que se programen durante los años 2024 y 2025 y la oferta formativa para trabajadores ocupados, convocatorias recogidas en los anexos de esta resolución.
Medidas Formación Programada.
Éstas son las medidas de formación programada por las empresas (acciones y permisos individuales de formación):
- Uso de Aula Virtual
- Suspensión de la actividad formativa.
- Interrupción de la formación
- Crédito Adicional ERTE.

Medidas formación trabajadores ocupados.
Igualmente, las medidas aplicables en la oferta formativa para trabajadores ocupados:
- Uso de Aula Virtual
- Ampliación del plazo de ejecución de los programas formativos
- Modificación de la resolución de concesión
- Modificación de las comunicaciones de inicio de grupos formativos
- Interrupción de la formación.
Resolución.
Finalmente, dejamos acceso a más información (DANA) detallada sobre la resolución del 3 de diciembre de este año BOE300.
Fuente: BOE
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