Actualización de la lista de jurisdicciones no cooperativas 2026.

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Conoce los cambios que pueden afectar a Empresas y Autónomos con operaciones internacionales.

Cambios en la relación de países y territorios que tienen la consideración de jurisdicciones no cooperativas.

Para las pymes y microempresas con actividad internacional, conocer estos cambios resulta fundamental. La inclusión o exclusión de un país de esta lista puede afectar al tratamiento fiscal de determinadas operaciones, a las obligaciones de información y a la aplicación de medidas específicas de control tributario.

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¿Qué cambios introduce la Agencia Tributaria en la lista de jurisdicciones no cooperativas?

La principal novedad es la salida de Gibraltar de la lista de jurisdicciones no cooperativas. Esta decisión se fundamenta en el cumplimiento efectivo de los requisitos de cooperación fiscal, el intercambio de información con España y la adecuación de su normativa a los estándares internacionales.

Además, también dejan de formar parte de la lista Barbados, Dominica, Seychelles, Trinidad y Tobago y el régimen fiscal perjudicial de Samoa, tras acreditar avances significativos en materia de transparencia y cooperación tributaria.

En sentido contrario, Rusia pasa a formar parte de la relación de jurisdicciones no cooperativas debido a la existencia de un régimen fiscal considerado perjudicial, en línea con los criterios adoptados por la Unión Europea.

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¿Cómo afecta esta actualización a las Empresas y Autónomos?

Aunque muchas pequeñas empresas no realizan operaciones internacionales de forma habitual, aquellas que mantienen inversiones, importaciones, exportaciones o relaciones mercantiles con entidades situadas en estos territorios deberán revisar el impacto de esta actualización.
La consideración de un país como jurisdicción no cooperativa puede influir en aspectos como:

  • La tributación de determinadas operaciones internacionales.
  • Las obligaciones de documentación e información fiscal.
  • La aplicación de limitaciones o medidas específicas previstas en la normativa tributaria.
  • Los procedimientos de comprobación e inspección por parte de la Administración.

Por ello, es recomendable analizar cada caso de forma individual para garantizar el correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales.

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La importancia de revisar la planificación fiscal internacional.

La normativa tributaria evoluciona constantemente para adaptarse a un entorno económico cada vez más globalizado. Por este motivo, tanto empresas como autónomos deben revisar periódicamente sus estructuras societarias, operaciones internacionales y planificación fiscal para evitar riesgos y contingencias futuras.

Contar con un asesoramiento especializado permite anticiparse a los cambios normativos, optimizar la gestión tributaria y asegurar el cumplimiento de la legislación vigente.

  • Jurisdicciones no Cooperativas.
  • Agencia Tributaria.

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Regulación. Actualización lista jurisdicciones no cooperativas 2026.

Desde ELYA NOVA adjuntamos el enlace a la regulación se ha publicado: BOE156.

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Fuente: Agencia Tributaria, BOE
Actualiza260629