El calendario del contribuyente del mes de enero de 2024.
Fechas relevantes del calendario del contribuyente de enero 2024
Table of Contents
El Calendario del contribuyente: Obligaciones fiscales enero 2024.
En primer lugar, este mes traemos el contenido de las principales obligaciones tributarias a cumplir en el mes de enero 2024, ya en el programa de la asesoría ELYA NOVA. La Agencia Tributaria lo ha puesto a disposición del contribuyente como cada mes.
Los vencimientos en días inhábiles, sábados y festivos.
A tener en cuenta si el vencimiento coincide con una festividad local o autonómica. Entonces el plazo finaliza el primer día hábil siguiente al señalado en este calendario, excepto para el modelo 369.
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Calendario fechas mes de Enero AEAT.
Asímismo, detallamos las fechas señaladas en el calendario para este mes son:
- 2-1-2024. Hasta el 2 de enero.
- IVA.
- Impuestos medioambientales.
- Declaración de información de la utilización de determinados mecanismos transfronterizos de planificación fiscal.
- 12-1-2024 Hasta el 12 de enero.
- INTRASTAT. Estadística Comercio Intracomunitario.
- 22-1-2024. Hasta el 22 de enero.
- Renta y Sociedades.
- IVA.
- Impuesto sobre las Primas de Seguro.
- Impuestos Especiales de Fabricación.
- Impuesto Especial sobre la Electricidad
- Impuestos medioambientales
- Impuesto Especial sobre el Carbón
- Impuestos sobre las Transacciones Financieras.
- 30-12-2023. Hasta el 30 de enero.
- Pagos fraccionados Renta.
- IVA.
- Impuestos medioambientales.
- 31-1-2024. Hasta el 31 de enero.
- Renta.
- Renta y Sociedades.
- Operaciones con activos financieros.
- IVA.
- Impuesto sobre las Primas de Seguros.
- Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales.
- Impuestos Medioambientales.
- Declaración informativa de certificaciones individuales emitidas a los socios o partícipes de entidades de nueva o reciente creación.
- Declaración informativa anual de imposiciones, disposiciones de fondos y de los cobros de cualquier documento.
- Declaración informativa sobre saldos en monedas virtuales y sobre operaciones con monedas virtuales.
- Declaración informativa anual de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos
- Declaración informativa de préstamos y créditos y otras operaciones financieras relacionadas con bienes inmuebles.
- Declaración informativa de donativos, donaciones y aportaciones recibidas y disposiciones realizadas.
- Declaración informativa de entidades en régimen de atribución de rentas.
- Declaración informativa de adquisiciones y enajenaciones de acciones y participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva.
- Declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados.
- Declaración informativa de actualización de determinados mecanismos transfronterizos comercializables.
- Declaración informativa trimestral de operaciones de comercio de bienes corporales realizadas en la zona especial canaria sin que las mercancías transiten por territorio canario.
- Planes, fondos de pensiones, sistemas alternativos, mutualidades de previsión social, planes de previsión asegurados, planes individuales de ahorro sistemático, planes de previsión social empresarial y seguros de dependencia.
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Obligatoriedad de presentar autoliquidaciones.
Finalmente, la obligatoriedad de presentar autoliquidaciones periódicas según el impuesto y el obligado tributario podrá ser:
- Anual, para personas físicas, empresarios individuales, profesionales, sociedades y entes sin personalidad jurídica.
- Trimestral, para empresarios individuales en estimación objetiva o directa, profesionales, sociedades y entes sin personalidad jurídica.
- Mensual, para empresarios individuales, profesionales, sociedades y entes sin personalidad jurídica con volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 € en 2022 (grandes empresas) y para sujetos pasivos del IVA, que lleven de forma obligatoria los libros registro a través de la Sede electrónica de la AEAT o presenten el IOSS, así como para las Administraciones públicas, incluida la Seguridad Social.
Además, puedes presentar y consultar desde nuestra web ELYA NOVA Asesores en Pozuelo de Alarcón todas las declaraciones por modelo. Una a una.
Fuente: AEAT.
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