Controles de inspección en las jornadas de los transportistas.
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Controles de inspección en las jornadas de los transportistas.
Se han publicado en el BOE las novedades en materia de jornada de trabajo, tiempos de conducción y descanso de los conductores de transportes por carretera.
El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha aprobado una resolución de la Dir. Gral. de Transporte Terrestre, publicada en el Boletín Oficial del Estado 69, para la flexibilización de los tiempos de conducción y descanso de los transportistas de mercancías por carretera.
La medida.
La medida establece una serie de excepciones temporales a fin de mitigar los efectos que se pueden derivar de la convocatoria de un paro indefinido de una parte del sector del transporte de mercancías por carretera y facilita el normal funcionamiento de determinados flujos de mercancías para el traslado de materias primas a los centros de producción, industrias y en la distribución final de los productos.
Los órganos encargados de la inspección del transporte por carretera deben organizar un sistema para controlar, como mínimo, el 3% de las jornadas de trabajo de los conductores de estos vehículos.
Tiempos de conducción y descansos de los transportistas.
Además, esta normativa introduce una serie de excepciones temporales que se aplicarán en toda España entre el 17 y el 27 de marzo con el fin de mitigar los efectos de la convocatoria de paro indefinido de una parte del sector del transporte. Las principales medidas que incluye son:
- Límites a la conducción:
Diaria. Suspende el límite de 9 horas y de 10 horas dos veces a la semana.
Semanal. El límite máximo pasa de 56 horas a 60 horas.
Bisemanal. El límite máximo pasa de 90 horas a 102 horas.
- Descanso:
Diario. Reduce los requisitos del descanso diario de 11 horas por uno de 9 horas.
Semanal. Da la opción a los transportistas de tomar dos descansos semanales reducidos consecutivos, de al menos de 24 horas, sin necesidad de compensación, siempre que el conductor tome la compensación de los mismos unida al siguiente descanso semanal normal.
Claves de los controles en las jornadas de los transportistas.
- Los controles serán realizados por personal con los conocimientos adecuados.
- Estos controles serán en lugares distintos y en cualquier momento, el objetivo: cubrir amplios tramos de red viaria para dificultar que puedan ser evitados.
- Se realizarán sin ninguna discriminación en cuanto al país donde esté matriculado el vehículo, residencia del conductor u origen y destino del trayecto.
- Durante el control se permitirá que el conductor se ponga en contacto con la empresa para aportar cualquiera de las pruebas que no se encuentre a bordo del vehículo.
- Deberán realizarse operaciones concertadas de control en carretera con otros Estados de la Unión Europea al menos seis veces al año.
- Se remitirán a la Comisión Europea de forma bianual las estadísticas recopiladas en los controles en carretera y en los locales de las empresas.
- Las infracciones y sanciones a los tiempos de conducción y descanso tienen que ser comunicadas, al menos cada seis meses, a las autoridades del Estado miembro cuyos residentes las hayan cometido.
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