Las facturas de autónomos y pymes llevarán Código QR.

 

Las facturas llevarán código QR.

Son dos de las novedades más llamativas del Proyecto de Real Decreto que aprobará el Reglamento sobre los requisitos del software homologado establecido por la Ley de Lucha contra el Fraude Fiscal.

El objetivo es acabar con la elusión tributaria de pymes y autónomos.

A través del código QR, los clientes podrán verificar si sus facturas están bien contabilizadas y si los autónomos y pymes cumplen con sus obligaciones legales.

El proyecto de ley nace para atajar el uso de programas que generan dobles contabilidades. Concretamente persigue un triple objetivo:

  • El desarrollo reglamentario previsto en artículo 29.2.j) de la ley 58/2003, de 17 de diciembre, de las especificaciones técnicas que deban reunir los dispositivos electrónicos y los sistemas y programas informáticos o electrónicos. Éstos serán los que soporten los procesos contables, de facturación o de gestión de quienes ejerzan actividades económicas, así como también los requisitos para estar debidamente certificados.
  • La interconexión de sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos contables, fiscales y de gestión empresarial, y su compatibilidad con los sistemas de clientes, proveedores y administraciones públicas.
  • El aseguramiento de la calidad de la información, la confianza en la inalterabilidad indebida de los datos, la trazabilidad de los mismos y la interdicción del uso del llamado software de supresión y manipulación de ventas.

 

Hacienda exigirá el código QR en todas las facturas y premiará a los ciudadanos que alerten de posibles fraudes en las transacciones.

 

Facturas con el código QR.

A la entrada en vigor de esta nueva norma, todos los sistemas de facturación que se utilicen en España, para ser legales, tendrán que cumplir algunos requisitos específicos como, por ejemplo, permitir que las operaciones se graben en el sistema informático» y posibilitar «la legibilidad de los registros, el análisis automatizado y la simultánea remisión a la Administración tributaria».

La inclusión de un código QR (u otro sistema de verificación digital) en cada una de las facturas permitirá al consumidor final escanearlos y comprobar si verdaderamente el autónomo o empresario ha contabilizado esa operación con los datos correctos.

 

Esta obligación vinculará a todos los autónomos, ya sean personas físicas o empresas:

  • Los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.
  • Contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que desarrollen actividades económicas.
  • Aquellos contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de no Residentes que obtengan rentas mediante establecimiento permanente.
  • Entidades en régimen de atribución de rentas que desarrollen actividades económicas, sin perjuicio de la atribución de rendimientos que corresponda efectuar a sus miembros.

 

Premio para los que alerte de fraudes.

La duda sobre la posibilidad de que “la colaboración ciudadana” sea efectiva se disipa si tenemos en cuenta que, además en el nuevo reglamento de facturación, la Agencia Tributaria premiará a quienes alerten de posibles fraudes.

De este modo, incentivará al consumidor final a que pida recibos de sus operaciones y pueda remitir voluntariamente a la Administración Tributaria la información básica de esas facturas para verificar su registro y la exactitud de los datos reflejados en las mismas.

La exposición de motivos de la futura norma dice que pretende incentivar la concienciación fiscal de los clientes y del público en general favoreciendo la colaboración activa contra los incumplimientos.

Los datos recopilados por el fisco servirían para comprobar que las pymes y los autónomos españoles declaran de forma adecuada sus ingresos reales. Sobre las recompensas, Hacienda ha afirmado que, al igual que ocurre en Portugal, su intención es otorgar deducciones y créditos fiscales.

 

Diferente al SII.

Apelar a la conciencia del consumidor a través del Sistema de emisión de facturas verificables o Sistema VERI* Factu, que así se llamaría el programa digital de la AEAT, es diferente al Suministro Inmediato de Información (SII).

Este último está enfocado a macroempresas con una facturación por encima de los seis millones de euros, y afecta a todas sus facturas (también a las recibidas). Esta es la principal diferencia con la nueva propuesta del Gobierno que solo se aplicaría a facturas emitidas.

 

Vigencia.

Este reglamento tendría que haber estado operativo en octubre, a los tres meses de la vigencia de la ley, pero se ha retrasado y se ha abierto a consulta y audiencia pública con unos objetivos de mayor amplitud.

Finalmente decir que Gestha, el sindicato de técnicos de Hacienda, afirma que la idea tiene un fuerte componente disuasorio y de incentivo al cumplimiento voluntario de las obligaciones por parte de los autónomos y empresas.

Es así porque, aunque previsiblemente muchos clientes no vayan a verificar esta información ni a remitir la factura a la Agencia Tributaria, siempre cabrá la posibilidad de que cualquier receptor pueda hacerlo y detectar, tanto él como los técnicos, que no está correctamente contabilizada.

Regulación. Proyecto del Real Decreto.

 

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