El nuevo DNI Digital.

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Proceso de expedición, gestión y desarrollo del DNI digital.

El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto que regula el proceso de expedición, gestión y desarrollo del documento nacional de identidad, no sólo en su versión física, sino también, por primera vez, en su versión digital, con lo que adapta el uso del DNI a los nuevos retos digitales y ofrece a la ciudadanía la posibilidad de disponer del documento de identidad en formato digital en el teléfono móvil.

El DNI digital complementa al físico y se puede descargar y utilizar en el móvil a través de la aplicación MiDNI, que es libre y gratuita. Los ciudadanos pueden acreditar ya su identidad con el documento digital de manera presencial, pero no podrán hacerlo en Internet hasta dentro de un año.

Implantación del DNI digital.

El DNI digital se implantará en dos fases. Desde el 2 de abril de 2025, es posible utilizarlo en el móvil gracias a la aplicación MiDNI. El usuario podrá identificarse de forma presencial con este documento, que tiene la misma validez que el DNI en formato físico, pero no podrá acreditar su identidad a través de Internet.

Las entidades pertenecientes al sector público y privado deberán adoptar en el plazo de doce meses desde esa fecha, las medidas necesarias para el buen funcionamiento de la versión digital del Documento Nacional de Identidad. Tras ese periodo transitorio de un año, la aplicación permitirá acreditar la identidad del ciudadano para realizar gestiones telemáticas, firma electrónica y otras operaciones a través de Internet.

Ministerio de Interior – Portal MiDNI-

portal-MiDNI digital

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Cómo obtener el DNI digital.

Para disponer del DNI digital es necesario completar tres fases:

  1. Un registro previo que vincula de manera inequívoca la identidad del ciudadano a un número de teléfono móvil que permite la descarga de la aplicación MiDNI,
  2. La virtualización del DNI,
  3. La verificación del proceso.

Para realizar el registro es necesario que el DNI se encuentre en vigor y sus certificados electrónicos activos, y podrá hacerse a través de la web www.midni.gob.es, en cualquiera de los Puestos de Actualización de Documentación (PAD) existentes en comisarías de Policía o ayuntamientos y en cualquiera de las 290 Unidades de Documentación de la Policía Nacional.

En cualquiera de estas vías de registro se informará al ciudadano de la ruta de acceso a la aplicación para su descarga. Durante el alta en la misma se verifica que el DNI está asociado a ese número de teléfono por medio de códigos de un solo uso que el usuario debe de utilizar para finalizar la correcta vinculación. Únicamente se puede asociar un DNI a un número de teléfono móvil.

Tras el registro y descarga de la aplicación será posible virtualizar el DNI. MiDNI no guarda los datos de identidad del ciudadano, sino que a través de ella se consulta en tiempo real a la unidad de gestión del DNI. En caso de que el documento esté extraviado perdido o haya sido sustraído, la información no estará disponible.

Al realizar la consulta, el titular del DNI podrá decidir qué datos quiere mostrar en función del uso que quiera dar y del fin de la verificación de la identidad. Esta libertad de mostrar los datos según la situación incrementa la privacidad del ciudadano, ya que no es necesario mostrar todos los datos en todas las situaciones.

Las tres opciones disponibles son:

  • DNI EDAD, que mostrará la fotografía, el nombre y la mayoría de edad;
  • El DNI SIMPLE, que reflejará la fotografía, el nombre, apellidos, el sexo y validez de DNI,
  • y DNI COMPLETO, que muestra todos los datos del documento físico.

Una vez elegido el nivel de información solicitado, la aplicación genera un código QR que se muestra en la pantalla del teléfono del titular del DNI. Es un código generado por Policía Nacional, lo que asegura que los datos son auténticos en ese mismo momento, que permanecerá visible durante un corto período de tiempo para facilitar la verificación. Pasado este período, perderá su validez y será necesario generar un nuevo código.

El código QR generado puede ser escaneado por cualquier otro dispositivo en el que haya sido instalada la aplicación MiDNI. Al escanearlo, aparecerá en la pantalla del usuario verificador los datos del ciudadano en función de la opción elegida. Estos datos permanecerán en pantalla durante un corto período de tiempo para permitir la verificación y no quedarán almacenados en el teléfono del verificador.

Descargar la App.

La App está disponible en Google Play o App Store. Al abrir la App hay que introducir los datos de activación: el número de DNI con letra y el número de soporte. Este último se encuentra en el DNI físico y está compuesto de tres letras y seis dígitos.
Luego hay que poner una contraseña con, al menos, ocho caracteres, de los que, como mínimo, tres que tienen que ser mayúsculas, minúsculas, números y caracteres especiales. También podemos seleccionar el desbloqueo de la App mediante mecanismos biométricos como la imagen facial o la huella digital.
Recibiremos un SMS con un código de verificación. La App queda así activada y ya podremos pulsar el botón ‘Ir a mi DNI’.

¿Para qué sirve?

El DNI en el móvil juega en el mundo digital el mismo papel que el DNI en formato tarjeta en el mundo físico. Sirve como instrumento que acredita de forma indubitada la identidad del ciudadano, tal como le reconoce la legislación española.

Con el DNI en el móvil SÍ podremos, entre otras cosas:

  • Acreditar presencialmente nuestra identidad (siempre y cuando haya una conexión de datos)
  • Ejercer nuestro derecho al voto.
  • Establecer cualquier tipo de relación jurídica.
  • Firmar escrituras ante Notario.
  • Acreditar nuestra identidad en trámites presenciales ante la administración.
  • Llevar a cabo trámites administrativos presenciales en Universidades y Centros Docentes (tanto públicos como privados).
  • Acreditar la mayoría de edad.
  • Abrir una cuenta bancaria.
  • Formalizar seguros de cualquier tipo.
  • Registrarnos en un hotel.
  • Alquilar un vehículo.
  • Comprar entradas o billetes nominativos que requieran identificar al titular interesado.
  • Transacciones comerciales presenciales en las que se requiera un DNI en vigor o acreditar la identidad del interesado.
  • Realizar un control de acceso a edificios
  • Acceder a diferentes locales de espectáculo (cines, teatros, conciertos, etc.).
  • Recogida de paquetería (Correos, mensajerías, …).
  • Retirada de medicamentos en farmacias.

¿Para qué no sirve?

Por el momento, no hay posibilidad de operaciones de autenticación remota o firma. Tampoco se puede utilizar como documento de viaje electrónico, ni para acreditar la identidad de forma remota.

Con el DNI en el móvil NO podremos:

  • Acreditar la identidad a través de internet.
  • Acreditar la identidad de manera presencial sin conexión de datos.
  • Presentarlo como documento de viaje electrónico para paso de fronteras.
  • Acreditar la identidad en otros países.
  • Hacer gestiones telemáticas de autenticación y/o firma electrónica.

Regulación.

Finalmente, te dejamos acceso al R.D. 255/2055 de 1 de abril, por el que se regula el DNI.

Fuente: La Moncloa

Actualizado250405