Las empresas estarán obligadas a realizar aportaciones anuales a un plan de pensiones para sus trabajadores, independientemente de su tamaño o volumen de facturación.

Plan de Pensiones obligatorio para los trabajadores del sector de la Construcción.

♾️

Obligación del Plan de Pensiones en la Construcción.

La obligación de las empresas de la construcción de realizar aportaciones a un plan de pensiones de empleo simplificado es una importante novedad que se recoge en el nuevo convenio colectivo del sector de la construcción.

Por lo tanto, si tienes una empresa del sector de la construcción con empleados, desde el 1 de febrero de 2024 debes aportar un plan de pensiones para tus trabajadores, independientemente del tamaño que sea tu empresa.

Para los 3 primeros años, los empresarios aportarán el equivalente al 1% del salario bruto del trabajador por cada uno de los ejercicios, mientras que en 2024 será del 0,25%.

Las empresas de la Construcción tendrán hasta el 30 de abril para hacer las aportaciones correspondientes al plan de pensiones del sector. Las grandes constructoras y las pymes deberán contribuir con las mensualidades correspondientes a 2022, 2023 y enero de 2024.

Condiciones a cumplir por las empresas de la construcción.

  • Relacionamos las condiciones básica a cumplir por las empresas:
  • A partir del 1 de febrero, todas las empresas tendrán que realizar contribuciones mensuales, las cuales se efectuarán o ingresarán a mes vencido el día 22 de cada mes.
  • Si se incorpora una persona a la empresa a partir del 1 de febrero y aunque sea un contrato temporal de escasa duración, habría que cumplir con la obligación de aportar.
  • Tanto la empresa como el asalariado podrán realizar aportaciones voluntarias.
  • Si el asalariado termina su relación laboral con la empresa, podrá trasladar los fondos a otro plan de pensiones.
  • Los fondos cubrirán las contingencias de jubilación, fallecimiento e incapacidad permanente. Es decir, los empleados podrán rescatarlas cuando concurra cualquiera de estas circunstancias.
  • Las empresas podrán deducir del Impuesto de Sociedades el 10% de las contribuciones, con el límite de la retribución anual de 27.000 €.
  • Las aportaciones cotizan a la Seguridad Social como retribución en especie, pero están prácticamente bonificadas en su totalidad.
  • Las contribuciones no están sujetas a IRPF.
  • Los empleados no podrán renunciar al plan a cambio de una compensación económica.

¿Quién gestionará este plan de pensiones sectorial?

Gestora-ElyaNova-vidacaixa

El plan de pensiones sectorial estará gestionado por VidaCaixa y las empresas de la construcción deberán rellenar el anexo facilitado por la entidad gestora – que estará disponible en su página web.

.

¿Esta obligación tiene carácter retroactivo?

Si, tiene carácter retroactivo, por lo que las empresas tendrán que realizar las aportaciones correspondientes a los ejercicios 2022 y 2023, siempre que el empleado/empleada siga dado de alta en el negocio a partir del 1 de febrero de 2024. Es decir, los negocios no tendrían que aportar por los asalariados que hayan cesado en la empresa antes de esa fecha en la empresa.

Las aportaciones se deben realizar con efecto retroactivo desde 2022, y se da un plazo 90 días a las empresas -desde su entrada en vigor- para ponerse al día con estos pagos. Por tanto, tienes hasta el 1 de mayo de 2024 para realizar las contribuciones correspondientes a 2022 y 2023.

Cantidades que se deben aportar.

El convenio indica lo siguiente:

  • En 2022, el 1% de los sueldos recogidos en las tablas salariales que se recogen en el convenio provincial correspondiente durante 2021.
  • En 2023, la misma cuantía.
  • En 2024, serán las mismas cantidades, sumando un 0,25% de las tablas salariales correspondientes a 2023.
  • Estos porcentajes dependen de las tablas salariales recogidas en los respectivos convenios provinciales, por lo que las cantidades a aportar podrían variar entre un territorio y otro.

Aportaciones personales como autónomo.

Por supuesto que puedes hacer aportaciones al plan en tu propio nombre. Estas contribuciones te permitirán deducir hasta 4.250 euros anuales en tus declaraciones de RENTA, después de la entrada en vigor de este producto de ahorro para la jubilación, a mediados de 2022.

Así, estas deducciones pueden sumarse al límite de 1.500 € permitido por Hacienda en el caso de los planes de pensiones individuales, para alcanzar una reducción de hasta 5.750 € al año en la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Fiscalidad de estos planes.

La contribución al plan de pensiones deberá reflejarse en la nómina de los trabajadores como salario en especie.

La empresa podrá deducir en la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades un 10% de las aportaciones empresariales obligatorias de las personas trabajadoras con retribuciones brutas anuales inferiores a 27.000€, en caso de ser mayores las retribuciones se aplicará el % proporcionalmente.

Además, la empresa también tendrá una reducción en la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes de manera mensual a partir de la fecha de entrada en vigor y en 2023 por el importe de 128,85.-€/mes.

El límite respecto a la reducción será el correspondiente a multiplicar la cuota mínima diaria de cotización del grupo 8 del Régimen General de la SS por 13.

Se deberá informar a la TGSS sobre los empleados y los importes aportados de manera previa al cálculo de las cotizaciones a abonar a Seguridad Social. Regulación: BOE7/4262024.

¿Quieres estar al día sobre más temas de seguros y planes de pensiones? Accede.

Fuente: Ministerio de Economía y Trabajo Social

🛎️ ¿Necesitas ➕ información o tienes alguna consulta relacionada? Contáctanos.

Noticias de Actualidad ► Destacados.

Puedes consultar cualquier duda con nuestros expertos en el ☎️ 91 714 03 36.

🆕🔜 Si quieres acceder a más artículos como este, pásate: Twitter, Google Noticias, LinkedIN, YouTube, Facebook.

Actual240310