Nueva regulación de la jubilación flexible en España: más compatibilidad entre pensión y trabajo.
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Fomento de la compatibilidad entre pensión y empleo autónomo.
El Gobierno aprueba la nueva jubilación flexible.
El Consejo de Ministros ha aprobado el nuevo Real Decreto que regula la jubilación flexible y mejora la compatibilidad entre la pensión contributiva y la actividad laboral. Esta medida forma parte de la reforma de pensiones acordada en 2024 y busca fomentar el envejecimiento activo y la permanencia voluntaria en el mercado laboral.
La nueva normativa entrará en vigor tres meses después de su publicación en el BOE y permitirá a los jubilados reincorporarse al trabajo sin perder totalmente su pensión.
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Principales novedades de la jubilación flexible.
La reforma introduce importantes mejoras para quienes deseen volver a trabajar tras jubilarse:
- • Compatibilidad de la pensión con trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial o actividad autónoma.
- • Los autónomos podrán acogerse siempre que no hayan estado dados de alta en los tres años previos a la jubilación.
- • No será necesario esperar un tiempo mínimo desde la jubilación para solicitar esta modalidad.
- • La jornada parcial compatible aumenta del 25%-75% al nuevo rango del 33%-80%.
Además, se incorporan nuevos incentivos económicos. Los pensionistas que trabajen entre el 55% y el 80% de la jornada recibirán un 25% adicional sobre la pensión compatible. Si la jornada está entre el 33% y el 55%, el incremento será del 15%.
En el caso de los trabajadores autónomos, podrán percibir el 25% de la pensión mientras desarrollan su actividad.
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Mejoras para jubilaciones anticipadas y envejecimiento activo.
La normativa también beneficia a quienes accedieron a una jubilación anticipada involuntaria. Al regresar a la jubilación plena tras la jubilación flexible, podrán mejorar el cálculo de su pensión según las nuevas cotizaciones realizadas.
Según el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, las reformas iniciadas en 2021 están logrando retrasar la edad efectiva de jubilación. Las jubilaciones demoradas han pasado del 4,8% en 2021 al 12% en 2026, mientras que las jubilaciones anticipadas continúan descendiendo.
Con esta reforma, el Gobierno busca facilitar una transición más flexible entre empleo y jubilación, favoreciendo tanto la sostenibilidad del sistema como la continuidad laboral voluntaria de los trabajadores mayores.
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Entrada en vigor.
La nueva regulación será aplicable a partir del 28 de agosto de 2026.
Es importante destacar que las jubilaciones flexibles que ya estuvieran en marcha antes de esa fecha seguirán rigiéndose por la normativa anterior.
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Regulación.
A ese respecto se puede acceder a la publicación del RD 416/2026, de 27 de mayo, por el que se regula el régimen jurídico de la jubilación flexible y otros aspectos. BOE130.
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Fuente: Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
Actualiza260529