La tarifa plana para nuevos autónomos.
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¿Qué es la tarifa plana?
Por tarifa plana para nuevos Autónomos entendemos a la bonificación fiscal con la que el gobierno pretende ayudar a los Trabajadores Autónomos de nueva creación.
Se trata de una medida que busca apoyar las primeras fases del empleo autónomo, entendiendo que es el momento en el que más complejo puede resultar asumir los costes de dicha cuota mensual. Por tanto, realmente estamos hablando de una cuota reducida de aporte a la seguridad social en el régimen de autónomos.
Condiciones para solicitar la tarifa plana.
- Para poder solicitar esta cuota reducida es necesario ser autónomo por primera vez o no haber estado dado de alta en los dos últimos años, plazo que se amplía a los tres últimos años si el trabajador ya ha solicitado anteriormente la tarifa plana. Otra condición es no ser autónomo colaborador y no tener deudas pendientes ni con Hacienda ni con la Seguridad Social.
- También será posible solicitar esta reducción de la tarifa de autónomos para los autónomos societarios, cumpliendo los mismos requisitos que para el resto de los trabajadores autónomos.
- Por otro lado, las mujeres menores de 35 años y los hombres menores de 30 tienen un año más de reducción. De esta forma, estos grupos pueden ampliar el período respecto al resto de trabajadores, aunque se modifica la constitución de la tarifa plana: el primer año se aplicará una tarifa de 80 € mensuales y los siguientes años será posible pagar 80 € mensuales si no se alcanza el importe mensual del SMI.
Por tanto, si el trabajador está incluido en alguno de estos grupos, y realizó su alta en la tarifa plana de autónomos en enero de 2023, debería tener en cuenta las condiciones y las opciones para seguir manteniendo dicha tarifa plana, en función de sus ingresos y de la fecha de inscripción. (Así lo indica Importass)
Más condiciones para solicitar la ampliación de esta tarifa.
También se dan otras condiciones que te permitirían solicitar la ampliación de la tarifa plana de Autónomos:
- Es necesario que el rendimiento neto computable no llegue a superar el salario mínimo interprofesional anual. Por tanto, además de la fecha de alta, es importante tener en cuenta los ingresos previstos.
- El trabajador, junto a una solicitud expresa realizada por él mismo, deberá incluir una declaración relativa al rendimiento neto computable que se tenga previsto obtener en 2024. Este rendimiento, recordamos, debe ser también inferior al SMI vigente.
- Además, para aquellas personas con alguna discapacidad igual o superior al 33%, o que sean víctimas de violencia de género o víctimas del terrorismo, existe la posibilidad de ampliar la prórroga hasta en 36 meses más.
Solicitud de prórroga.
Si eres de los trabajadores autónomos que se acogieron a la denominada tarifa plana mensual de 80 €/ mes a comienzos del pasado año, que se dieron de alta en enero de 2023, vas a poder solicitar una prórroga de dicha tarifa que incluya todo el año 2024. Una prórroga de 12 meses con condiciones a cumplir.
Fuente: Ayto. Pozuelo de Alarcón
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