La Agencia Espacial Española estrena sede electrónica para facilitar trámites digitales seguros y accesibles.

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La Agencia Espacial Española estrena sede electrónica.

La Agencia Espacial Española ha aprobado oficialmente la creación de su sede electrónica con el fin de facilitar el acceso de ciudadanos y empresas a sus servicios mediante medios digitales. Esta iniciativa, recogida en una resolución publicada en el Boletín Oficial del Estado, se enmarca en la normativa vigente que reconoce el derecho de la ciudadanía a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas.

Un paso hacia la administración digital.

La nueva sede electrónica, accesible a través de la dirección de la SEDE, permitirá realizar trámites de forma segura, ágil y eficiente, alineándose con los principios de eficacia, accesibilidad y transparencia previstos en la Ley 39/2015 y la Ley 40/2015. Esta herramienta busca facilitar la comunicación con la Agencia tanto a personas físicas como jurídicas, cumpliendo así con el mandato legal de impulso a la digitalización de los servicios públicos.

Funciones y servicios.

A través de esta sede electrónica se podrán realizar todas las actuaciones, procedimientos y servicios que requieran autenticación por parte de la ciudadanía o de la Administración. Entre los contenidos y funcionalidades más destacadas se encuentran:

  • Acceso a trámites administrativos con indicación de plazos.
  • Verificación de certificados y documentos electrónicos.
  • Consulta de modelos normalizados de solicitud.
  • Presentación electrónica de solicitudes individuales o masivas.
  • Servicio de sugerencias y quejas.
  • Información sobre sistemas de firma admitidos, fecha y hora oficial, incidencias técnicas y calendario de días inhábiles.

Además, se garantizarán estándares de accesibilidad, seguridad e interoperabilidad, conforme al Esquema Nacional de Seguridad y al Esquema Nacional de Interoperabilidad.

Responsabilidad y gestión.

La titularidad de la sede electrónica corresponde a la Dirección de la Agencia Espacial Española. La Secretaría General asumirá la gestión de contenidos comunes, la coordinación tecnológica y el mantenimiento, en colaboración con los órganos responsables según el Estatuto de la Agencia.

Los canales habilitados para el acceso a la sede serán:

  • Electrónico: a través del portal institucional (www.aee.gob.es) o directamente mediante la dirección de la sede.
  • Telefónico: mediante los números publicados o el servicio 060.
  • Presencial o por correo postal: a través de las oficinas de asistencia en materia de registro.

Entrada en vigor y puesta en marcha.

La resolución entra en vigor el día siguiente a su publicación en el BOE (30 de julio de 2025). La sede estará plenamente operativa en un plazo máximo de ocho meses y su puesta en funcionamiento se anunciará en el Punto de Acceso General Electrónico (PAGe) de la Administración General del Estado y en las sedes electrónicas asociadas de los ministerios competentes.

Compromiso con la innovación y la eficiencia.

La creación de esta sede electrónica responde a la vocación de la Agencia Espacial Española de promover una gestión pública más moderna y eficiente. Su puesta en marcha no supondrá un incremento de gasto público, ya que será atendida con los medios personales, técnicos y presupuestarios disponibles en la Agencia.

Con esta medida, la Agencia da un paso más en la consolidación de un ecosistema digital que refuerce su misión: impulsar la investigación, la innovación y el desarrollo tecnológico del sector espacial en beneficio de la sociedad española.

Resolución.

Se publica en el BOE183 y Vinculada al portal AEE.

Fuente: Agencia Espacial Española A.E.E.

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