Nuevo requisito para los despidos disciplinarios en 2025: la audiencia previa.
💼 Despedir sin audiencia previa será improcedente
A partir de 2025, despedir a un trabajador en España exigirá un paso adicional obligatorio: celebrar una audiencia previa antes de formalizar cualquier despido disciplinario.
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¿Qué es la Audiencia Previa?
Se trata de un derecho reconocido en el artículo 7 del Convenio 158 de la OIT: informar al trabajador de los hechos que se le imputan y permitirle defenderse antes del despido. Aunque esta garantía existía desde 1985, hasta ahora solo se aplicaba en ciertos casos (por ejemplo, si lo exigía el convenio colectivo o había representantes de los trabajadores).
Esto ha cambiado✏️ con la sentencia del Tribunal Supremo (STS 1250/2024), que generaliza su aplicación a todos los despidos disciplinarios, sin excepciones.
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¿Qué implica para las empresas?
Antes de entregar la carta de despido, la empresa debe:
- Comunicar al trabajador los motivos del despido.
- Concederle un plazo razonable para alegaciones (se recomienda 2-3 días hábiles).
- Garantizar su derecho de defensa, incluso si los hechos son graves.
💡 En situaciones sensibles (como una baja médica o riesgo para la empresa), puede optarse por un permiso retribuido durante ese plazo o por una notificación formal por burofax.
⚖️ Obligatorio para TODAS las empresas.
Consecuencias de su incumplimiento.
No cumplir con este trámite convierte el despido en improcedente, aunque haya causa justificada.
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Conclusión.
Desde ahora, 🗣️ antes de despedir, hay que escuchar.
La audiencia previa se convierte en una etapa clave en cualquier despido disciplinario. Informar, conceder un plazo y permitir que el trabajador se defienda ya no es una cortesía: es una obligación legal.
Fuente: Agencia Tributaria.
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