Ayudas para consolidar la producción y comercialización de la miel y productos apícolas.

Mejora de las condiciones generales de producción y comercialización de los productos apícolas 2025

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Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarias las personas físicas, jurídicas o entes sin personalidad jurídica, titulares de explotaciones apícolas, así como las agrupaciones de apicultores, incluyendo cooperativas apícolas y organizaciones representativas, con personalidad jurídica propia, integradas en su mayoría por apicultores ubicados en la región.

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Objeto de esta Ayuda.

Estas ayudas se destinan a la realización de las acciones e inversiones materiales e inmateriales del sector apícola contempladas del Real Decreto 906/2022, de 25 de octubre.

Las acciones e inversiones estarán incluidos en las siguientes líneas o tipos de intervención:

  • Servicios de asesoramiento, asistencia técnica, formación, información e intercambio de las mejores prácticas para apicultores y organizaciones de apicultores.
  • Inversiones en activos materiales e inmateriales (lucha contra los invasores, Prevención de daños fenómenos climáticos, repoblación, trashumancia, inversiones).
  • Actuaciones para prestar ayudas a los laboratorios.
  • Promoción, comunicación y comercialización destinadas a sensibilizar a los consumidores sobre la calidad de los productos.
  • Actuaciones para aumentar la calidad de los productos apícolas.

Bases reguladoras.

La presente convocatoria de ayudas se regula por la Orden 888/2023, de 9 de octubre, de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la mejora de las condiciones generales de producción y comercialización de los productos apícolas en la Comunidad de Madrid cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y por Administración General del Estado.

Cuantía y financiación.

La Comunidad de Madrid efectuará los pagos correspondientes con cargo al Programa 411A, Partida 77303, de los Presupuestos Generales de la C. de M. para 2025, por un importe de 85.000 euros, distribuyéndose por solicitudes y por las diferentes líneas de ayuda hasta agotar el crédito disponible.

Estas ayudas podrán ser cofinanciadas en un 50 % por FEAGA, y en un 25 % por la Administración General del Estado, Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación MAPA.

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Plazo de solicitud.

El plazo de presentación es de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de este extracto en el BOCM. Del 12/05/2025 hasta 30/05/2025.

 

Finalidad.

Serán subvencionables aquellas acciones e inversiones destinadas a la mejora de las condiciones generales de producción y comercialización de los productos apícolas en la Comunidad de Madrid.

 

Resolución.

Se ha publicado en el BOCM este mes de mayo.

Fuente:  Consejería de Medio Ambiente

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