El calendario del contribuyente del mes de febrero 2025.
Fechas relevantes 📅 del calendario del contribuyente en febrero 2025
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El Calendario del contribuyente: Obligaciones fiscales febrero 2025.
Como cada mes, la Agencia Tributaria nos recuerda las principales obligaciones tributarias a cumplir. En esta ocasión os recordamos las principales obligaciones tributarias del mes de febrero de 2025.
Este mes de febrero, ya en el ámbito de la fiscalidad, corresponde estar pendientes de las novedades que puedan afectar a los contribuyentes, así como de los distintos plazos para el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
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Los Plazos de febrero 2025.
Estos son los plazos de presentación correspondientes a este mes:
12► Hasta el 12 de febrero.
- INTRASTAT – Estadística Comercio Intracomunitario.
20► Hasta el 20 de febrero.
- Declaraciones informativas.
- IVA.
- Impuesto sobre las primas de seguros.
- Impuestos especiales sobre la electricidad (Grandes empresas) y medioambientales.
- Número de identificación fiscal.
- Renta y Sociedades.
28► Hasta el 28 de febrero.
- Renta y Sociedades.
- Renta de no residentes sin establecimiento permanente.
- Operaciones con activos financieros.
- Impuesto sobre el Valor Añadido.
- Impuesto sobre las Primas de Seguros. Resumen anual.
- Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales.
- Impuestos medioambientales.
- Declaraciones informativas (AEAT Campaña informativas 2024).
- Planes, fondos de pensiones, sistemas alternativos, mutualidades de previsión social, planes de previsión asegurados, planes individuales de ahorro sistemático, planes de previsión social empresarial y seguros de dependencia.
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Obligatoriedad de presentar autoliquidaciones.
La obligatoriedad de presentar autoliquidaciones periódicas según el impuesto y el obligado tributario podrá ser:
Anual, para personas físicas, empresarios individuales, profesionales, sociedades y entes sin personalidad jurídica.
Trimestral, para empresarios individuales en estimación objetiva o directa, profesionales, sociedades y entes sin personalidad jurídica.
Mensual, para empresarios individuales, profesionales, sociedades y entes sin personalidad jurídica con volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 € en 2022 (grandes empresas) y para sujetos pasivos del IVA, que lleven de forma obligatoria los libros registro a través de la Sede electrónica de la AEAT o presenten el IOSS, así como para las AA.PP., incluida la Seguridad Social.
Además, puedes presentar y consultar desde nuestra web ELYA NOVA Asesores en Pozuelo de Alarcón todas las declaraciones por modelo.
Finalmente, los vencimientos en días inhábiles, sábados y festivos: Si el vencimiento coincide con una festividad local o autonómica, el plazo finaliza el primer día hábil siguiente al señalado en este calendario, excepto para el modelo 369.
Fuente: AEAT
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