La AEAT publica las retenciones de IRPF 2022 para los Autónomos
La Agencia Tributaria publica las retenciones de IRPF en 2022 para los Autónomos
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Los cambios.
Anualmente, la Agencia Tributaria publica el cuadro informativo sobre las retenciones en el Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas, IRPF 2022, que deben aplicar tanto los autónomos como el resto de los contribuyentes.
En 2022 no hay cambios en los tipos impositivos. No obstante, sí habrá algunos trabajadores por cuenta propia cuyos tipos aplicables podrán sufrir modificaciones.
Continúan vigentes los cambios introducidos el año pasado para este 2022.
Entonces, como novedad, se incluyó un nuevo tramo para las rentas de trabajo que superen los 300.000 €.
- La subida de dos puntos del porcentaje de retención a las rentas más altas, del 45% al 47%, se hizo efectiva a partir de la aprobación del RD 899/2021 por el que se modificaba el reglamento del IRPF.
Se estableció así una nueva escala general estatal en la tabla del IRPF 2021 que se mantiene en la tabla IRPF 2022.
Por tanto, tras la aprobación de los PGE para 2022, los trabajadores por cuenta propia están sujetos a 6 tipos diferentes según su actividad y sus ingresos.
Las rentas y las retenciones.
Es sabido que el IRPF se ajusta progresivamente a las rentas y a las circunstancias particulares de cada persona y que hay diferentes porcentajes de retención en función del salario y del ahorro de cada contribuyente.
Los autónomos deben hacer esas retenciones en las facturas que emitan y presentar declaraciones trimestrales:
- A través del modelo 130 si tributan en estimación directa
- O en el modelo 131, si lo hacen en estimación objetiva o módulos.
Retenciones de los Autónomos.
Generalmente todos los trabajadores por cuenta propia tienen que aplicar en sus facturas una retención del 15%. Este es el tipo genérico al que están sometidos la mayoría de los Autónomos.
No obstante, hay excepciones para profesionales con negocios de reciente creación. Es decir, que acaben de iniciar su actividad o que desarrollen cierto tipo de actividades en el entorno rural.
- Actividades ganaderas de engorde de porcino y avicultura: 1%
- Actividades agrícolas y restantes actividades ganaderas: 2%
- Actividades forestales: 2%
Además, Hacienda prevé unas retenciones reducidas para los nuevos autónomos.
Los trabajadores por cuenta propia podrán optar por un tipo del 7% de retención durante el año de inicio de su actividad y los dos siguientes.
Por tanto, 2022 trae cambios en los tipos aplicables para aquellos trabajadores por cuenta propia que cursaron su alta en 2019.
Este año, sus retenciones pasan a ser del 15% como las de la mayoría de los contribuyentes dados de alta en el RETA.
Estos cambios en las retenciones afectan al autónomo y también a sus clientes.
Cualquier negocio que reciba una factura de un autónomo persona física, está obligado a aplicar retención correspondiente e ingresarla en Hacienda.
El Impuesto sobre la Renta tiene ciertos tramos sujetos a impuestos, con los que el contribuyente rinde cuentas con Hacienda en cada campaña de la renta.
Dependiendo de si a lo largo del año han pagado con sus anticipos más o de menos de lo que les correspondía, la administración les exigirá que ingresen, o les devolverá la cantidad que corresponda.
A más ingresos que tenga el Autónomo, más impuestos deberá pagar.
Después de la entrada en vigor de los PGE para 2022 y con la del tipo impositivo para las rentas superiores a 300.000 euros, los tramos de IRPF aplicables en 2022 en España serán los siguientes:
- Primer tramo: desde 0 euros hasta 12.450 euros: 19%.
- Segundo tramo: desde 12.451 euros hasta 20.2000 euros: 24%.
- Tercer tramo: desde 20.201 euros hasta 35.200 euros: 30%.
- Cuarto tramo: desde 35.201 euros hasta 60.000 euros: 37%.
- Quinto tramo: desde 60.001 euros hasta 300.000 euros: 45%.
- Sexto tramo: más de 300.001 euros: 47%.
La AEAT ofrece a los autónomos la posibilidad de realizar el cálculo de las retenciones del IRPF a través de la página web de su sede electrónica. En su apartado Retenciones dentro de la descarga de programas de ayuda.
Responsabilidades del autónomo con las retenciones.
El autónomo no es como cualquier otro contribuyente del IRPF, ya que puede ser a la vez contribuyente y retenedor del impuesto.
Si un autónomo emite una factura se convierte en el contribuyente. Y el que está recibiéndola pasa a ser inmediatamente retenedor y está obligado a ingresar la retención del impuesto de su cliente a la Agencia Tributaria.
Puede sorprender que la responsabilidad de que aparezca la retención en la factura no es de quien la emite sino de quien la recibe.
Todo aquel negocio que reciba una factura de un autónomo persona física está obligado a aplicar retención. De no hacerlo, la responsabilidad será suya y no del que -en este caso- es el contribuyente.
Concluyendo, es más que recomendable, que cualquier autónomo se informe bien del proveedor con el que trata. Dicho de otra forma, que sepa si su renta está sujeta a retención y en qué medida.
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